Después de que ICE detiene a una persona, la llevan a una oficina local de procesamiento de ICE. ICE preparará la documentación necesaria y hace una determinación de custodia. Eso significa que ICE determina si la persona debe ser liberada o si la persona debe permanecer bajo custodia. En esencia, este proceso se considera la determinación de custodia inicial. Una determinación posterior, o una redeterminación, tendrá lugar ante un juez de inmigración durante lo que se llama la audiencia de fianza en Ingles se llama Bond Hearing. Un oficial de ICE completará un formulario con el número I-286. Este formulario es el “Aviso de determinación de custodia” (Notice of Custody Determination). Este formulario proporciona la información que indica la decisión y si se otorgó una fianza, el monto que se debe pagar.

Un oficial de ICE puede tomar una de tres decisiones: 1. Liberar al individuo sin fianza, esto se conoce como liberación bajo reconocimiento propio. Una persona que obtenga este tipo de liberación recibirá una Orden de Liberación de Reconocimiento que detalla las condiciones de liberación. 2. ICE puede detener a una persona mientras se paga una fianza de inmigración monetario. El monto de la fianza puede variar y puede ser sustancial. El monto de las fianzas varía de jurisdicción a jurisdicción, incluso en casos bastante similares. ICE tomará en consideración varios factores con el propósito de intentar asegurar que el individuo asista a audiencias en el futuro y procedimientos. 3. ICE puede proceder a liberar a una persona bajo una supervisión superior individual o circunstancias especiales. Si este es el caso, se emitirá una orden de liberación indicando los términos particulares de la liberación.

Hay casos en que los individuos no son elegibles para ser liberados de la detención. El historial de inmigración de una persona y / o antecedentes penales previos pueden descalificar a una persona de calificar para una fianza. La Ley de Inmigración y Nacionalidad y las regulaciones federales establecen las circunstancias en las cuales los individuos deben ser detenidos y retenidos sin fianza. Estos casos se conocen como motivos de detención obligatoria. Existen motivos de detención obligatoria que se aplican a los residentes legales permanentes, así como a los no inmigrantes y aquellos que no tienen un estatus inmigratorio en los EE. UU. Algunos motivos de detención obligatoria incluyen casos en los cuales las personas son residentes permanentes o se quedaron más tiempo del período de estadía autorizada y fueron liberados de la cárcel después del 8 de Octubre de 1998 y condenados por los siguientes delitos:

2 delitos que involucran depravación moral en cualquier momento después de la admisión a los Estados Unidos

  • Un felonía agravada
  • Un delito de sustancia controlada
  • Un delito de armas de fuego

La ley de inmigración también proporciona circunstancias adicionales cuando las personas están sujetas a detención obligatoria. Se ha prescrito la detención obligatoria para 1. residentes permanentes legales que vuelven a ingresar a los Estados Unidos desde un viaje al extranjero y que tienen ciertos antecedentes penales. 2. Individuos que ingresaron a los Estados Unidos sin autorización (EWI), 3. Individuos que buscan ser admitidos en los Estados Unidos. Si una persona cae dentro de uno de las categorías mencionadas y si la persona salió de la cárcel después del 8 de octubre de 1998 y fue declarada culpable de uno de los siguientes delitos, la persona puede estar sujeta a detención obligatoria:

  • Un CIMT (que puede ser renunciado como un delito menor si no tiene antecedentes penales previos, el delito no fue castigado por más de un año en la cárcel y no cumplió más de seis meses en la cárcel); 
  • Delito de sustancias controladas; 
  • Delito de narcotráfico; 
  • Dos o más delitos con sentencia agregada de 5 años de encarcelamiento; Prostitución; 
  • Violencia doméstica o violación de una orden de protección.

Procedimientos Para Obtener Un Fianza

Una persona que no está sujeta a detención obligatoria puede iniciar el proceso para obtener una fianza de inmigración si ICE aún no la otorgó. Se debe presentar una moción ante el Tribunal de Inmigración buscando una redeterminación de audiencia de fianza. Para establecer la cantidad de la fianza, el juez de inmigración debe tomar en cuenta los factores. Estos factores incluyen:

–Elegibilidad para formas de amparo: El juez estará interesado en determinar cual formas de amparo puede calificar el individuo. Un individuo no califica para alguna forma de amparo, entonces puede resultar en una fianza más alta.

–Antecedentes penales: ¿Tiene el individuo arrestos y / o condenas? Si es así, se tomará en cuenta y, dependiendo de la gravedad de la historia, una fianza en una cantidad mayor puede resultar o puede eliminarse por completo.

–Historial de inmigración anterior: ¿Tiene el individuo un estatus legal? ¿Ha sido deportado previamente el individuo? ¿La persona ingresó sin autorización? Si alguno de estos se aplica, la fianza podría ser otorgada tomando esto en cuenta.

–Lazos con la comunidad: ¿Tiene el individuo mucho de vivir en los Estados Unidos? ¿Tiene trabajo la persona? ¿La persona tiene alguna propiedad en los Estados Unidos? ¿El individuo tiene algún familiar en los Estados Unidos con estatus legale? Todos estos son factores importantes que juegan un papel importante en la cantidad la fianza que se establecerá.

Cantidad de la Fianza

Un juez de inmigración no puede otorgarle una fianza a un individuo por un monto inferior a $ 1,500. Sin embargo, el juez de inmigración puede otorgar la liberación a un individuo bajo palara. El juez puede liberar a un detenido sin que se establezca ningún vínculo. Si se establece un fianza, los fianza deben pagarse en una instalación de aceptación de ICE. Puede encontrar una lista de instalaciones que aceptan pagos de fianza en la pagina de internet. La persona que paga la fianza debe saber el apellido del detenido y el número de registro de extranjero. Las formas aceptables de pago son giros postales, cheques de caja o cheques certificados. Para todos las fianzas de $ 10,000 o más, el único método de pago aceptado es un solo cheque certificado. El deudor puede pagar con cheque de caja de un banco o un giro postal de los Estados Unidos. El deudor no puede enviar un giro postal de ningún otro negocio, como Western Union, debe ser de la oficina de correos. Los pagos deben hacerse a nombre de “US Department of Homeland Security.” Se puede usar una compañía de fianzas, sin embargo, la compañía de fianzas puede requerir tarifas de servicio adicionales. El fiador publicará la fianza en nombre de la persona, pero cobrará una tarifa no reembolsable y requerirá que se pague un cierto porcentaje del monto del fianza de inmigración. Si la familia paga la fianza directamente al gobierno, el dinero del fianza se devolverá a la persona que pagó el fianza solo después de que se complete el caso judicial. El individuo debe haber cumplido con todos los requisitos e instrucciones de la corte.

Apelación de Fianzas

Una persona puede apelar ante la Junta de Apelaciones de Inmigración (BIA) si no está de acuerdo con la fianza establecida por el Juez de Inmigración. El BIA debe recibir la apelación dentro de los 30 días posteriores a la fecha en que el juez de inmigración pronunció su decisión sobre la fianza. Mientras la apelación esté pendiente, el individuo permanecerá detenido. Sin embargo, los procedimientos de expulsión continuarán independientemente de la pendencia de la apelación. Es importante tener en cuenta que un abogado litigante que trabaja para ICE y que representa al gobierno puede no estar de acuerdo con la decisión de fianza del Juez de Inmigración, por lo tanto, el gobierno también puede apelar la decisión del juez. Si ambas partes renuncian a la apelación o no la presentan de manera oportuna, la decisión del juez será definitiva.